viernes, 2 de octubre de 2015

INFORMACIÓN BÁSICA PARA LAS ELECCIONES DEL COLEGIO DE INGENIEROS CONSEJO DEPARAMENTAL DE LORETO. 2016-2018.

 FECHA DE LAS ELECCIONES: DOMINGO 29 DE NOVIEMBRE DEL 2015.

 HORA: DE 9:00 A.M. A 3:00 P.M.

 LUGAR: COLEGIO DE INGENIEROS DE IQUITOS. (CALLE PUTUMAYO Nº 1132)

1.      QUIENES PUEDEN VOTAR EN ESTAS ELECCIONES DEL CIP.CDL?

1.1.          Pueden votar todos los ingenieros inscritos en el colegio de ingenieros de Loreto que se encuentren hábiles (hábiles estar al día en sus cuotas) hasta horas antes de cerrar el proceso electoral del 29 de noviembre.

1.2.         Ingenieros que pertenecen a otros consejos departamentales del Perú, que se encuentren de tránsito por nuestra ciudad, votarán a través de la mesa de transeúntes, presentando su  carnet de colegiado y recibo de pago de estar al día en su consejo Departamental en la que está inscrito y solo podrá votar para el Consejo Nacional.

2.      EN ESTAS ELECCIONES QUE SE VA VOTAR?

En las elecciones del 29 de noviembre cada elector inscrito en el CIP-CDL y que se encuentre hábil debe votar por:

2.1.            Por una de las listas al Consejo Nacional.
2.2.            Por una de las listas al Consejo Departamental y Asamblea Departamental.
2.3.            Por una de las listas al Capítulo Profesional al que pertenece.
2.4.       Por una de las listas al FOSCIL (Fondo de Solidaridad del Colegio de Ingenieros de Loreto).

3.      CUANDO DEBE PRESENTARSE LAS LISTAS DE CANDIDATOS?

Las listas de candidatos deben presentarse de acuerdo al plan de actividades de la comisión electoral departamental de Loreto, del 1º de octubre al 15 de octubre del presente año de 7 a 10 de la noche en el Colegio de ingenieros de Loreto, sito en calle Putumayo Nº 1132.

4.  COMO SE DEBEN PRESENTAR LAS LISTAS DE CANDIDATOS PARA CONSEJO DEPARTAMENTAL Y ASAMBLEA DEPARTAMENTAL, CAPITULOS PROFESIONALES Y AL FOSCIL.

Las Listas de candidatos deben presentarse de acuerdo al Reglamento de Elecciones teniendo en cuenta lo siguiente:

4.1.     De acuerdo al Art. 50, inciso f, del reglamento de elecciones se debe presentar un expediente conteniendo lo siguiente:

Recibiendo las listas de candidatos a:
• Consejo Departamental
• Delegados a la Asamblea Departamental
• Directivos de los Capítulos  en cada Consejo Departamental.
 Directivos al FOSCIL.

4.2.    Cada expediente de los candidatos departamentales (Consejo Departamental, Asamblea, Capítulos y FOSCIL) deberá estar acompañado de:

• Lista de candidatos, con los cargos a los que postulan.
• Relación de adherentes.
• Declaración de principios.
• Plan de Trabajo.
• Currículo de los colegiados postulantes.
• Certificado de habilidad
• Relación de personeros: titular y suplente. Los personeros deben ser ingenieros colegiados y hábiles.

4.3.      En la presentación de los documentos de los candidatos deben tener en cuenta el artículo Nº 73 del reglamento de elecciones que dice:

Art. 73º.- Las listas de candidatos serán presentadas para su inscripción hasta el 15 de octubre del año que se realizan las elecciones, en caso que la fecha fuera sábado o domingo se presentaran el lunes siguiente. El personero de la lista respectiva o el candidato que preside la lista deberá presentar tres (03) expedientes (un original y dos fotocopias) incluyendo:

• Lista de candidatos, indicando nombres y apellidos, número de colegiado, y capítulo al que pertenece, incluyendo carta de aceptación irrenunciable de cada candidato para formar parte de esta lista. Deberá acompañar también certificado de habilidad de cada candidato y declaración jurada de no tener antecedentes penales.

• Currículo resumido de los candidatos, considerando máximo una (01) página A4 por cada candidato.

• Declaración de principios y programa de acción de la lista considerando un máximo de dos (02) páginas A4.

• Hojas de adherentes, indicando nombres y apellidos completos, Capítulo, número de colegiatura y firma de acuerdo al modelo indicado en los formatos. Cada hoja de los adherentes deberá estar firmada por un colegiado que se responsabilizará por la autenticidad de la misma, señalándose su nombre y apellidos, número de colegiatura, Capítulo, Consejo Departamental donde pertenece y firma. Esta responsabilidad implica sometimiento al Tribunal Departamental de Ética correspondiente.

 5. QUÉ REQUISITOS DEBEN TENER EN CUENTA LOS CANDIDATOS PARA POSTULAR?

Para postular a un cargo del Consejo Departamental de Loreto debe tener en cuenta el Art. 78º.- Para ser candidato se requiere ser miembro ordinario o vitalicio, hábil del CIP, no tener adeudos con el Colegio, figurar en el Segundo Padrón emitido según el Art. 62º y además cumplir lo señalado en el Estatuto (Artículos 4.27, 4.28, 4.29, 4.53 y 4.54) y tener mínimo cinco (05) años de colegiado, para ser candidato a Asamblea y Capítulos.

·         El comité electoral Departamental de Loreto, con la finalidad de ser claros en este proceso electoral, resumimos de acuerdo al estatuto del CIP el tiempo que debe tener cada candidato para postular.

PARA CONSEJO  DEPARTAMENTAL (Art. 4.55) 10 años de colegiado como mínimo para Decano y Vice Decano y 5 años de colegiado como mínimo para los demás cargos del Consejo Departamental.

PARA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL: 5 años de colegiado como mínimo.

PARA DIRECTIVOS DE LOS CAPITULOS: 5 años de colegiado como mínimo y según el Estatuto del CIP Art. 4.64 “No habrá reelección inmediata de los integrantes de la junta Directiva de los capítulos en el mismo cargo”.

PARA DIRECTIVOS DEL FOSCIL. De acuerdo al Reglamento del FOSCIL Art. 56, para candidato a Presidente y Vicepresidente del Foscil debe tener como mínimo 10 años de Colegiado y 5 años como mínimo para los demás cargos del FOSCIL.

Iquitos, 21 de setiembre del 2015
La Comisión Electoral Departamental de Loreto.


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